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La UE emprende una acción legal contra Reino Unido por la tecnología Phorm de BT

La Comisión Europea ha iniciado una acción legal contra Reino Unido por no haber protegido adecuadamente a los usuarios de Phorm, una tecnología encubierta de publicidad basada en comportamiento probada en el país por el mayor operador de líneas fijas británico, BT, en 006 y 2007.

Esta acción refleja la creciente preocupación de Bruselas por la forma en que las nuevas tecnologías basadas en Internet están recopilando y utilizando los datos personales de los usuarios. Además de emprender un proceso legal contra Reino Unido, la Comisión Europea ha emitido una advertencia general para los 27 países miembros de la UE en la que les recuerda la necesidad de defender el cumplimiento de las leyes de privacidad, especialmente en las actividades relacionadas con los sitios Web de networking social y con los usuarios de tecnologías de identificación por radiofrecuencia (RFID).

La Comisión Europea, brazo ejecutivo de la UE responsable de defender el cumplimiento de la legislación vigente en la zona, asegura que Reino Unido ha fracasado en la imposición de las leyes europeas sobre privacidad y protección de datos, dado que los abonados de servicios de acceso de banda ancha a Internet de BT no fueron informados de que se estaba trazando su navegación vía Phorm.

“Hemos estado siguiendo el caso Phorm durante algún tiempo llegando a la conclusión de que existen problemas en la manera en que Reino Unido ha implementado algunas partes de las reglas de la Unión Europea sobre confidencialidad de las comunicaciones”, ha explicado Viviane Reding, comisaria de telecomunicaciones de la UE.

Reding ha hecho un llamamiento a este país para que cambie sus leyes nacionales y garantice que su autoridad nacional para privacidad consigue mayores poderes con el fin de controlar las amenazas generadas por las tecnologías emergentes.

Una publicidad “más relevante”

En un blog de vídeo publicado ayer, Reding declaró que las leyes de la UE son adecuadas para tratar con las nuevas tecnologías, pero no siempre son impuestas de forma correcta a nivel nacional por los distintos países miembros. Hablando específicamente sobre Phorm, Reding dijo que “tecnologías como la publicidad basada en comportamiento en Internet puede resultar útil para empresas y consumidores pero debe ser utilizada en conformidad con las leyes europeas”.

Uno de los principios esenciales sobre los que se asientan estas leyes es que la información personal sólo puede utilizarse con el consentimiento previo del interesado. “No podemos sentar este principio básico y que luego, sin ese consentimiento explícito, se monitoricen, estudien y almacenen todos nuestros movimientos con la promesa de una publicidad ´más relevante´”, subrayó Reding.

Viñeta publicada el 20 de febrero de 1870 en La Flaca n.º 35 Tendencias

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