La CMT resuelve a favor de la AI la polémica de los “bononet” obligando a Telefónica que su contratación sea universal
Los internautas que lo deseen, independientemente de la operadora que les proporcione acceso a Internet, ya pueden contratar los “bononet” o tarifas reducidas implantadas por el Consejo de Ministros en febrero del año pasado y que hasta ahora sólo podían utilizar los clientes de Telefónica, gracias a la aprobación por parte de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones (CMT) de una resolución que obliga a la citada operadora y las de su competencia (Airtel, Retevisión Jazztel y Uni2) a ofrecer estos bonos de descuento de forma universal.
En concreto los requisitos establecidos por Fomento y la CMT para poder contratar los “bononet” son la obligatoriedad de contratar un único número de destino (nodo de acceso) por abonado, independientemente del operador al que pertenezca dicho número, así como que dicho número de destino (nodo de acceso) debe tener fijada una tarifa metropolitana y corresponder a un nodo de acceso. Además, la resolución señala que Telefónica no podrá negarse inicialmente a la contratación, salvo si se trata de un número que no tenga fijada tarifa metropolitana o si el operador de que se trate no esté habilitado para prestar el servicio, aunque podrá cancelar el “bononet” contratado si demuestra que el número de destino no se corresponde con un nodo de acceso a Internet.
Por su parte, la AI, cuyos miembros ya han manifestado su satisfacción ante la resolución de la CMT, ha emplazado en su página web una guía para facilitar a los usuarios la contratación de los bononets en el 1004.
www.cmt.es
www.internautas.org
www.telefonica.es