Un contrato con mucho morbo

Se encuentra en el período de análisis de evaluación de las pruebas el concurso convocado por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social con el fin de adquirir un sistema para realizar consultas masivas a la base de datos, asociado al ordenador de explotación IBM 9021/982 en el Centro de Producción y Sistemas de la Gerencia de Informática de la Seguridad Social. El interés por la resolución está cimentado, más que por el techo presupuestario -600 millones de pesetas- por la categoría y número de las empresas participantes, por la influencia que la solución técnica ganadora (utilizada como referencia) pueda tener en posteriores contrataciones en nuestro país, y por los procedimientos que el usuario ha empleado en el proceso de selección.

Entre los requerimientos mínimos exigidos al sistema estaban: permitir una capacidad de almacenamiento magnético de, como mínimo, 150 GB; diseño basado en una plataforma de procesamiento paralelo con discos y procesadores de bajo costo; permitir la conexión con el ordenador de explotación mediante canales paralelos o ESCON; escalabilidad tanto en capacidad de proceso como en información a almacenar y direccionar en disco, debiendo ser capaz de direccionar un mínimo de 1,5 TB; y posibilidad de realizar consultas masivas a la base de datos. Las empresas en disposición de cumplir todos los requisitos mínimos -y muchos de los valorables- que presentaron ofertas, fueron las siguientes: AT&T GIS; Amdahl y Cray juntas; Data General; Digital; Encore; Fujitsu; Hewlett-Packard; IBM; ICL; Siemens Nixdorf; Tandem y Eritel juntas; y Unisys. Entre las participantes existía el convencimiento de que en la primera fase de preselección de ofertas -basada en un estudio técnico a partir de datos, requeridos a los licitantes- serían elegidos de tres a cinco ofertas y, con ellas, se llevaría a cabo la fase de pruebas. Pero, el usuario, quizás sorprendido por la cantidad de participantes con excelentes ofertas, prefirió eludir la responsabilidad de la primera selección, dejando que fueran las propias empresas las que se sometieran a un proceso de decantación y autoexclusión, por el elevado coste de la fase de pruebas.

Efectivamente, para el usuario ha sido cómodo soslayar la responsabilidad de la eliminación, disponiendo de un ramillete de concursantes optimistas convencidos, uno por uno, de que son capaces de demostrar que su solución será la triunfadora. Sólo así se concibe que ocho de las empresas hayan seguido adelante -renunciaron a acudir a las pruebas Data General, Hewlett-Packard, ICL, y Tandem-Eritel- a pesar del coste de esta fase que, según ellos, en cada caso, podría oscilar ente 25 y 50 millones de pesetas. El usuario deberá reconocer el esfuerzo económico de los concursantes. Pecaría de falta de objetividad y sensibilidad si no reconociera el sacrificio que ha impuesto a las empresas. Estas desean vender y le ofrecen lo mejor, pero ¿quién resarce de los gastos a los perdedores? ¿Qué pasaría si cundiera el ejemplo y se convierte la exigencia en hábito?. La obsesión del fabricante es facturar y siempre tratará de salvar los obstáculos para lograr el ambicionado contrato. En contrapartida, pide comprensión para que nadie abuse de su grado de necesidad.

Hasta que se conozca el nombre de la empresa adjudicataria, queda abierto el turno a la intencionada especulación. Descartando a los menos afortunados en las pruebas, ¿se someterá a los dos o tres mejor colocados a otras complementarias? La supuesta transcendencia del resultado del concurso, obliga a estar en tensión tanto a quienes han detectado que se encuentran entre las posibles ganadoras, como a las que se les ha filtrado que su puntuación ha sido considerablemente inferior. Entre las que puede estar la elegida, bastante tienen con pensar en esa posibilidad. En peor situación están quienes, ya descartadas, temen que, además, su prestigio quede dañado. En este caso, les gustaría que se encontrasen motivos para que el concurso fuera declarado desierto y alguno, si pudiera, acudiría a la impugnación. Algo improbable, porque se exigió que las ofertas contuvieran una declaración expresa de aceptación y acatamiento de todas y cada una de las cláusulas del Pliego de Bases.

El adjudicatario, muy pronto, tendrá motivos para presumir.

Viñeta publicada el 20 de febrero de 1870 en La Flaca n.º 35 Tendencias

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