Real Decreto sobre TIC
Como posiblemente eficaces, siempre tienen que ser recibidos los gestos, signos, y hechos testimoniales por parte del Gobierno que denoten interés y preocupación por abordar temas en materia TIC conducentes a mejorar o perfeccionar estructuras u organizaciones de singular protagonismo y peso en la planificación de estrategias, desarrollo de proyectos, y coordinación. Por lo tanto, junto a la lógica expectación por conocer el detalle del contenido del Real Decreto, en fase de retoques, sería deseable que se corrigiera, también, alguna especial atribución concedida a la entidad pública empresarial Red.es, que no ha pasado desapercibida en el ámbito de la AGE. Porque no parece razonable que en la composición del Consejo Superior de Informática y para el impulso de la Administración Electrónica se haya incluido al Director de Red.es; como tampoco se comprende que, en la composición de la Comisión Interministerial para la Adquisición de Bienes y Servicios Informáticos y para el impulso de la Administración Electrónica, se añada “un representante de la Entidad pública empresarial Red.es designado por el Director de la misma”, máxime cuando se dice que estarán excluidos del informe técnico de la citada Comisión los expedientes de Red.es. Teniendo en cuenta las atribuciones conferidas a esta entidad en el ya conocido Plan de Choque ¿No habría rechazo a las anteriores inclusiones por parte de quienes entienden de asuntos de TIC en los Departamentos Ministeriales?