Real Decreto sobre Administración electrónica
La redacción del RD deja claro el compromiso del Ejecutivo por intensificar la utilización de las TIC, así como la intención de potenciar los mecanismos relacionados con inversiones y gastos. Es lógico deducir que, persuadido el Gobierno, como parece estar de que la apuesta por las TIC puede derivar en beneficios tangibles para ciudadanos y empresas –también para el propio Ejecutivo– resultaría bajo cualquier punto de vista justificable que tan encomiable y decidido propósito estuviera coherente, y cumplidamente, arropado por las correspondientes partidas presupuestarias que lo hicieran viable. Porque el RD no puede quedar justificado, solamente, por los cambios de denominaciones siguientes: El Consejo Superior de Informática y para el impulso de la Administración Electrónica, pasa a denominarse Consejo Superior de Administración Electrónica; y la Comisión Permanente del Consejo Superior de Administración Electrónica sustituye a la Comisión Interministerial de Adquisición de Bienes y Servicios Informáticos. Estos cambios de nombres, no aportando nada en concreto, podría interpretarse como simples estrategias del Ejecutivo por manejar denominaciones propias que les sirvieran de identificación y bandera. Sin embargo, hay que pensar que, un Gobierno que evidencia en tantas y tantas manifestaciones públicas sus inquietudes respecto a las TIC y la Sociedad de la Información, ya estará perfectamente mentalizado –y habrá cuantificado sus ventajas– que poniendo cantidades adicionales de dinero a los presupuestos TIC de cada año –o incluyéndolos en ellos– es la única forma de dar a entender que se pretenden conseguir los objetivos que se proclaman. Tiene en sus manos la oportunidad de no fallar.