Ley de Agencias Estatales

La Ley de Agencias Estatales (AE) para la mejora de los servicios públicos tiene, necesariamente, diversas lecturas porque, dibujando un panorama ejemplarizante dentro de la Administración General del Estado (AGE), trata de conseguir una gestión óptima, flexible, sin rigideces, a la que sólo cabe añadir amén. Obliga al análisis y a una larga batería de preguntas. Ya que se persigue el ilusionante proyecto de dotar a la AGE de un nuevo marco de actuación con el que “los ciudadanos puedan visualizar de manera clara cuáles son los fines de los distintos organismos públicos y los resultados de la gestión que se ha encargado a cada uno de ellos, así como la forma en que se responsabilizan sus gestores por el cumplimiento de los objetivos que previamente han sido fijados de forma concreta y evaluable”. Por ello, entiende el Ejecutivo que la fórmula de las Agencias Estatales permitirá la implantación de un modelo de gestión capaz de equilibrar adecuadamente los principios de autonomía, control, y responsabilización por resultados.
Con las AE se pretende profundizar en una nueva cultura de gestión basada esencialmente en el cumplimiento de “objetivos claros, medibles y orientados hacia la mejora en la prestación del servicio, con las consiguientes ventajas para los usuarios y para los contribuyentes”. Toda una panacea de funcionamiento y eficiencia en la AGE, difícilmente parangonable. Poniendo el foco de manera singular en criterios como nueva cultura de gestión, visualización de resultados, control, o posibilidades de evaluar con transparencia, parece evidente que la resultante tiene que ser perfecta. Y así se estima también en la ley al autorizar la creación, de momento, de las siguientes Agencias Estatales: de Evaluación de las Políticas Públicas y la Calidad de los Servicios e Informe anual al Congreso de los Diputados; Boletín Oficial del Estado; Consejo Superior de Investigaciones Científicas; Antidopaje de España; Inmigración y Emigración; Seguridad Aérea; Seguridad del Transporte Terrestre; Artes Escénicas y Musicales; Meteorología; Española de Cooperación Internacional; Investigación en Biomedicina y Ciencias de la Salud Carlos III; Evaluación, Financiación y Prospectiva de la Investigación Científica y Técnica. Habrá que comprobar cómo se constituyen; con qué criterios se elegirán los equipos directivos; método para incorporar recursos humanos; presupuesto disponible; o asignación de retribuciones. Falta, todavía, mucho por conocer.

Viñeta publicada el 20 de febrero de 1870 en La Flaca n.º 35 Tendencias

ny2 ACTUALIDAD

ny2 Sociedad de la información

Día de la Movilidad y el BYOD Coffee Break