Las TIC y la Administración

En nuestra sociedad las relaciones de los ciudadanos con la Administraci&#243;n P&#250;blica &#8211;AA.PP&#8211; forman parte inevitable de su vida; nadie se libra de realizar los m&#225;s diversos tr&#225;mites administrativos con ayuntamientos, comunidades aut&#243;nomas y el gobierno central, ya sea para cuestiones estrictamente personales como para otras de alcance econ&#243;mico, educativo, relacionadas con la salud e incluso judiciales.<br><br>Ninguna otra instituci&#243;n social abarca tan amplia gama de tr&#225;mites y relaciones administrativas como las AA.PP., ni tienen una obligaci&#243;n p&#250;blica tan evidente como &#233;stas de predicar con el ejemplo del buen comportamiento con la sociedad que representan y es su sost&#233;n.<br>En tiempos de la Sociedad de la Informaci&#243;n, se ha convertido en un lugar com&#250;n el desaf&#237;o de la Administraci&#243;n P&#250;blica electr&#243;nica; es decir, el de la resoluci&#243;n de todos los tr&#225;mites administrativos posibles por medio de las tecnolog&#237;as de la informaci&#243;n y la comunicaci&#243;n &#8211;TIC&#8211;, lo que implica que en todo tiempo y lugar, gracias a la ubicuidad de las nuevas tecnolog&#237;as, los ciudadanos puedan resolver sus relaciones con los &#243;rganos de las AA.PP. de acuerdo con su tiempo tecnol&#243;gico.<br>Sin embargo, observamos diariamente, como todav&#237;a el papel de calco reina en las oficinas p&#250;blicas y se nos solicitan &#8211;innecesariamente&#8211; datos que obran en posesi&#243;n de las AA.PP. Todo ello convive con las m&#225;s diversas promesas de los gobiernos locales, regionales y de la naci&#243;n acerca del uso de las TIC en la gesti&#243;n de sus responsabilidades administrativas.<br>Si las TIC han demostrado cumplidamente su enorme capacidad de mejora de la productividad, no s&#243;lo del quehacer industrial, sino tambi&#233;n &#8211;lo que representa una novedad de alcance hist&#243;rico&#8211; de los servicios tanto privados como p&#250;blicos, el hecho de su introducci&#243;n masiva en el &#225;mbito de las AA.PP. conllevar&#237;a no s&#243;lo un extraordinario avance en la mejora de la gesti&#243;n ordinaria de sus asuntos y por tanto en la calidad de la prestaci&#243;n de sus servicios, sino tambi&#233;n en la mejora de la productividad total del sistema econ&#243;mico, ya que el sector p&#250;blico es con gran diferencia el de mayor peso e impacto en la econom&#237;a.<br>El uso de las TIC en las AA.PP. conlleva tres importantes efectos positivos:<br>1. En primer lugar mejora la productividad de los servicios p&#250;blicos; lo que significa que con menos medios se pueden conseguir mayores prestaciones, o lo que es lo mismo, con los mismos recursos se puede mejorar la gesti&#243;n y por tanto ampliar la eficacia de la funci&#243;n p&#250;blica y por ende la valoraci&#243;n social de la misma.<br>2. En segundo lugar, la mejora de su productividad frena la inflaci&#243;n de los precios p&#250;blicos y auspicia el crecimiento econ&#243;mico.<br>3. Por &#250;ltimo, su funci&#243;n evangelizadora no puede ser m&#225;s positiva, ya que lleva necesariamente la &#8216;voz de las nuevas tecnolog&#237;as&#8217; a toda la sociedad.<br><br>La ampliamente compartida ambici&#243;n de constituirnos en una nueva Sociedad de la Informaci&#243;n y el Conocimiento no cabe pensar que pueda lograrse sin que nuestras AA.PP. se impliquen a fondo en la tarea.<br>&#191;Qu&#233; habr&#237;a que hacer para que esta triple funci&#243;n de las TIC en las AA.PP.: legitimadora de la funci&#243;n p&#250;blica, habilitadora del crecimiento sano de la econom&#237;a y evangelizadora del nuevo paradigma tecnol&#243;gico pudiera llevarse a cabo sin demora?<br>De entrada, en contra de lo que sucede en la consecuci&#243;n de otro tipo de ambiciones sociales, los recursos econ&#243;micos no representan una limitaci&#243;n. La inversi&#243;n en TIC tiene un coste m&#225;s que llevadero para los presupuestos p&#250;blicos, m&#225;s a&#250;n en tiempos de bonaza presupuestaria como la que felizmente gozamos ahora.<br>El problema central es de prioridades en la agenda p&#250;blica. Aunque existen multitud de planes p&#250;blicos relacionados con las TIC, la realidad presenta resultados poco esperanzadores; los avances son limitados y de muy escaso alcance.<br>Para afrontar con &#233;xito el desaf&#237;o de instalar a Espa&#241;a entre los pa&#237;ses l&#237;deres del inmediato futuro en Sociedad de la Informaci&#243;n, adem&#225;s de proporcionar los recursos econ&#243;micos suficientes &#8211;los actuales son insuficientes&#8211; al Plan Avanza para que pueda cumplir el compromiso &#8211;por consenso&#8211; del Senado de convergencia con la U.E., empujar el despliegue del D.N.I. electr&#243;nico y desarrollar con celeridad los proyectos legislativos previstos &#8211;entre los que tiene una especial relevancia la factura electr&#243;nica&#8211;, habr&#237;a que plantear con la m&#225;xima solemnidad y firmeza una ley de derechos digitales de los ciudadanos.<br>Mediante tal instancia, y de acuerdo con un plan preciso de actuaciones administrativas, los ciudadanos tendr&#237;an el derecho &#8211;no la obligaci&#243;n, para salvar el derecho individual, durante un cierto tiempo, de los ciudadanos menos habilidosos tecnol&#243;gicamente&#8211; a realizar sus tr&#225;mites administrativos mediante las TIC, seg&#250;n un programa preciso y concreto de tareas administrativas que ir&#237;an progresivamente incorpor&#225;ndose al mundo electr&#243;nico. A distancia en la mayor&#237;a de los supuestos, o presencialmente, en cuyo caso las AA.PP. deber&#237;an proporcionar los medios tecnol&#243;gicos adecuados en sus propias oficinas. Ni que decir tiene que dicha ley eximir&#237;a a los ciudadanos de proporcionar datos en poder de las propias administraciones; lo que conllevar&#237;a la interconexi&#243;n de todas sus bases de datos, como ya llevan tiempo haciendo las grandes corporaciones privadas.<br>Ser&#237;a interesante, por &#250;ltimo, que las AA.PP. compitieran entre s&#237; por su grado de diligencia en la satisfacci&#243;n de los derechos digitales de los ciudadanos; con &#8216;rankings&#8217;, al efecto, incluidos.

Viñeta publicada el 20 de febrero de 1870 en La Flaca n.º 35 Tendencias

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