La LSSICE, un año después
Actores del sector TI analizan las repercusiones de la Ley de Internet
El año pasado por estas fechas el Consejo de Ministros aprobaba la primera “ley de Internet”, un texto legal que llegaba envuelto en la polémica y que, según Anna Birulés, entonces ministra de Ciencia y Tecnología, fue preciso elaborar para incorporar al ordenamiento jurídico nacional la Directiva 2000/31/CE de la Unión Europea, que regulaba el comercio electrónico. El documento, elaborado de manera conjunta por el Ministerio de Ciencia y Tecnología, el de Economía, el de Justicia y Sanidad y Consumo, regula los llamados “servicios de la Sociedad de la Información”, es decir, “la contratación de bienes y servicios por vía electrónica, el suministro de información por dicho medio, las actividades de intermediación relativas a la provisión del acceso a la red, la transmisión de datos por redes de telecomunicaciones, la realización de copia de páginas de Internet solicitadas por los usuarios el alojamiento en los propios servidores de información, servicios o aplicaciones facilitados por otros a la provisión de instrumentos de búsqueda o de enlaces a otros sitios de Internet, así como a cualquier otro servicio que se preste a petición individual de los usuarios siempre que represente una actividad económica para el prestador”.
Con su aprobación, la ley, por primera vez, daba validez legal a la contratación electrónica, que se equiparaba a la del mundo físico. Asimismo, establecía que la prestación de los servicios a través de medios electrónicos, aunque no está sujeta a autorización previa, sí tiene que realizarse siguiendo los requisitos que se exige a las empresas en el mundo físico, comunicando su actividad al Registro Mercantil u otro registro público similar en el que estén inscritos por razón de su actividad, nombres de dominio o direcciones de Internet que utilicen habitualmente. Otro de los aspectos que también regula la LSSICE es que los Proveedores de Servicios (PSI) establecidos en España, en cualquier país de la UE o ajeno a ésta pero que dirija sus servicios a territorio español, deberán atenerse a una serie de responsabilidades establecidas en este anteproyecto, consistentes en la colaboración con las autoridades cuando éstas lo requieran; el fomento de una autorregulación del sector mediante códigos de conducta; la regulación del spam con el fin de eliminarlo; y el establecimiento de sanciones, que varían en función de la reincidencia de la empresa que las cometa y de su volumen.
¿Qué dicen los usuarios?
Las principales asociaciones de usuarios de Internet que existen en España, la Asociación de Internautas (AI) y la Asociación de Usuarios de Internet (AI) señalan a través de sus principales responsables que la ley no ha sido, en su primer año de vida, todo lo efectiva que se podía esperar.
Víctor Domingo, presidente de la AI, asegura que “la efectividad de la LSSI es una gran incógnita. Después de un año desde su aprobación, apenas ha tenido aplicación. El Ministerio de Ciencia y Tecnología no se ha creído nunca esta ley, por eso ésta ha tenido un gran incumplimiento por parte de las empresas. Un 60% de ellas no hacen seguimiento de la ley, no están registradas. La Ley no ofrece seguridad a los internautas, no se cumple y no se están poniendo multas”. Una opinión compartida por Miguel Pérez Subías, presidente de la AUI, que señala también que la falta de aplicación de la ley “se debe a que no hay recursos para hacer que se cumpla o a que las autoridades no saben cómo hacer que se aplique. Una de las obligaciones de la ley es que las empresas y PSI se identifiquen y esto, muchas veces, no se cumple. Notamos una cierta dejadez por parte de las autoridades”.
En cuanto al comercio electrónico, según Pérez Subías, sí parece que ha mejorado algo, aunque, puntualiza: “Antes tampoco había muchos problemas con él y, además, se usa poco en España”. Por su parte, Iñaki Uriarte, director de Asuntos Legales en la Asociación Española de Comercio Electrónico (AECE), asegura que “la Ley ha mejorado algo el comercio electrónico, ya que aporta un marco regulatorio más claro al anterior”.
Respecto al spam, según Pérez la situación apenas ha mejorado: “El spam se ha duplicado, ya que un 95% de éste proviene del extranjero. Además, se ha combinado en los últimos tiempos con virus, lo que ha empeorado la situación”. Según Pérez Subías, el reciente cambio de competencia que ha hecho que el spam dependa ahora de la Agencia de Protección de Datos es “un cambio que no logramos entender”.
Domingo también coincide en el crecimiento del spam, aunque especifica que “sí ha disminuido el que realizan las empresas españolas, pero no se puede hacer nada con el que llega de las extranjeras, especialmente de EE.UU., Argentina y Corea”. El responsable de la AI incide también en otro aspecto, el de la autorregulación del sector: “El artículo 18 de la ley, que se refiere al establecimiento de códigos de conducta para el sector en los que participen todos los agentes del mismo, es otro de los que no se está cumpliendo. Además, en cuanto a la retención de datos, los usuarios estamos en manos de los PSI. Necesitamos saber quién controla los datos. La AI ha pedido una entrevista con el MCYT para hablar de este tema y otros como las patentes de software y la estrategia del Ministerio en la banda ancha”. Domingo señala que “las actuaciones del MCYT no están teniendo muy buenos resultados como lo demuestra el reciente informe de SEDISI que critica las actuaciones de España.es. La comisión Soto dijo que este plan sería fruto de un consenso entre todos los agentes y esto no se ha hecho, por eso, no funcionará. En ningún sitio del plan se habla del acceso a Internet y el 30% de abonados a línea telefónica no pueden acceder a banda ancha”.
Finalmente, Pérez Subías achaca al MCYT que “no pone los recursos necesarios para mejorar el acceso a Internet y responder a las necesidades que plantean los usuarios. Así hemos propuesto al Ministerio que nos permita tener un canal estandarizado con ellos para que, a través de medios electrónicos, los usuarios y las asociaciones puedan tener una comunicación más directa y exponer mejor sus problemas”.
“La LSSI parecía que iba a ser el código civil de Internet y se ha quedado a medias”
Raúl Rubio, abogado de Ladwell-PWC
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Uno de los pilares básicos sobre los que debe asentarse la LSSICE (Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico) para su buen funcionamiento deber ser un respaldo jurídico adecuado. En este senti