El Código de la AEC

La Asociación Española de Empresas de Consultoría (AEC), ha elaborado un “Código de la Actividad de Consultoría” que comprende los siguientes apartados: Profesionalidad; Acuerdo de colaboración; Mutua confianza; Objetividad e imparcialidad; Incompatibilidad; Calidad; y Confidencialidad. Con el loable propósito de presentarse ante potenciales clientes como garantes de ética y profesionalidad incontrovertibles, los componentes de la AEC hacen alarde testimonial de lo que debería resultar obvio en la firma de cualquier contrato de colaboración: Respeto máximo al cliente y elocuente demostración, mediante el trabajo bien hecho, de que eran ciertos los supuestos de experiencia.
El Código, como manifiesta la AEC, es un conjunto de reglas básicas de comportamiento que sus miembros se comprometen a respetar. Tan serias, bonitas, y universalmente aceptables como que “Las empresas de consultoría: sólo aceptarán trabajos para los que posean el conocimiento y experiencia necesarios; sólo utilizarán técnicas probadas y que dominen; responderán a las solicitudes del cliente proponiendo soluciones avanzadas; se comprometen, para prestar sus servicios adecuadamente, a estar al día en las últimas tendencias del mercado. En referencia a la mutua confianza, el código recoge que “se fomentará por parte del cliente y de las empresas consultoras un trabajo conjunto y constructivo, de modo que ambos consigan el máximo beneficio de la relación”. Dentro del apartado de objetividad e imparcialidad, se significa: “El equipo consultor garantiza la objetividad e independencia de opiniones, así como la calidad de los productos finales; el equipo consultor dará sugerencias constructivas, exponiendo los pros y los contras de las opciones posibles y explicando cuáles de ellas son factibles”. Y, al referirse a la calidad, se dice: “Las empresas de consultoría contribuirán, desde sus mejores prácticas, a desarrollar, conjuntamente con el cliente, una mejora continua de la calidad de los servicios”.
Hay que felicitar a la AEC por el mensaje de buenas intenciones que ha querido transmitir con su código. Sin embargo, también es obvio que la materialización de compromisos o normas depende siempre del nivel de cumplimiento de las personas, y en éste apartado, los cumplimientos pueden ser impredecibles e imprevisibles. Tan difícil es, a veces, aventurar resultados, que el cliente, para asegurar control y seguimiento eficaz, se pertrecha en la redacción de Pliegos de Prescripciones Técnicas y posteriores contratos, de puntos claves para mantener timón y rumbo, que le garanticen la consecución de la calidad que desea, en los términos y fechas prefijados. Confía más en lo que él exige, que en los buenos propósitos de los suministradores. La experiencia manda.

Viñeta publicada el 20 de febrero de 1870 en La Flaca n.º 35 Tendencias

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