Defensor del usuario de la Administración Electrónica

La Ley 11/2007 de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos, requiere legislación suficiente para garantizar lo mejor posible -teniendo en cuenta su complejidad- su cumplimiento. En esta idea, el borrador del proyecto de real decreto para aprobar el estatuto del defensor del usuario de la administración electrónica contempla la obligación de disponer de medidas necesarias que ayuden a ese cumplimiento creando, además, determinadas condiciones de seguridad y confianza para que los ciudadanos ejerzan normalmente su derecho, arbitrando también medidas que impidan su obstaculización, en el ámbito de la Administración General del Estado (AGE) y de los organismos y entidades públicas adscritas o vinculadas a ella. Asimismo, se añaden garantías específicas para su efectividad entre las que destaca la creación de la figura del Defensor del usuario de la administración electrónica integrado en el Ministerio de la Presidencia.
En el articulado del borrador se matiza que todos los ciudadanos tienen derecho a formular quejas y sugerencias con respecto a sus relaciones por medios electrónicos con los órganos de la AGE y los organismos públicos adscritos o vinculados a ella, y a obtener respuesta de ellos. Añadiendo que, las quejas o sugerencias formuladas no tendrán, en ningún caso, la calificación de recurso administrativo, ni su presentación interrumpirá los plazos previstos para éstos. Contenidos como el borrador de este real decreto parecen evidenciar que la AGE no quiere fallar en su compromiso con el ciudadano, respecto al cumplimiento de la Ley 11/2007. Sin embargo, en el caso del Defensor del usuario, la AGE tendrá que hacer un gran esfuerzo para conseguir que en toda la cadena de organismos y departamentos que, de alguna forma tendrán que colaborar, sus funcionarios posean la preparación suficiente, y conocimiento perfecto de las nuevas obligaciones que les ha correspondido asumir, para que la relación AGE-ciudadano no se resienta e incurra en situaciones donde el usuario pueda verse desatendido en sus consultas y pierda la confianza en algo que puede favorecer muy significativamente a ambas partes. Teniendo en cuenta, además, que el número de consultas irá creciendo de forma importante en el transcurso del tiempo. El temor a los fallos está latente en la AGE.

Viñeta publicada el 20 de febrero de 1870 en La Flaca n.º 35 Tendencias

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