Los pleitos por las antenas esconden un conflicto de competencia inter-administrativa. El principio de precaución guía las actuaciones de la administración

Desde hace tres años los operadores móviles mantienen conflictos con los ayuntamientos por la instalación de antenas de telefonía móvil. En muchos casos la denegación de licencias e incluso la orden de desmantelamiento de estaciones base están recurridas ante los tribunales.

En España hay más de 25.000 estaciones base de telefonía móvil. Empezaron a poblar el territorio español con los inicios de la telefonía móvil digital en 1994. Durante muchos años formaron parte del paisaje cotidiano. Pero a finales de los noventa el hecho de que esas antenas emitieran radiaciones no ionizantes empezó a preocupar a los ciudadanos y, por ende, a los políticos. En 2001 en nuestro país, y a nivel internacional, empezó una corriente de alarma social contra estas instalaciones. Ante los movimientos vecinales, algunos ayuntamientos decidieron intervenir, publicando ordenanzas restrictivas. “A los ayuntamientos nos pilló sin tener regulados los procedimientos, y había que actuar rápido. La mayoría de los ayuntamientos no siempre ha actuado con rapidez, sino que ha dejado hacer”, comenta Andrés Ocaña, teniente de alcalde de urbanismo del Ayuntamiento de Córdoba. Los operadores móviles se enfrentaban a la denegación de licencias para instalar nuevas estaciones base e incluso al desmantelamiento de antenas consideradas ilegales por los ayuntamientos. Y acudieron a los tribunales como último recurso para defender sus infraestructuras.
Antes de que entraran en vigor las ordenanzas municipales “las operadoras instalaban las antenas sin autorización, sin licencias, y con nocturnidad, y nunca mejor dicho. Era una situación generalizada en la mayoría de las ciudades”, apunta Andrés Ocaña, del Ayuntamiento de Córdoba. En 2001, este Ayuntamiento hizo un censo de antenas para ver cuáles estaban instaladas irregularmente y había más de un centenar. El concejal delegado de urbanismo, medio ambiente y hacienda del Ayuntamiento de Écija (Sevilla), Salvador Bustamante, coincide en que “se han instalado antenas sin licencia municipal y sin ningún tipo de autorización. Y eso no lo puede consentir un ayuntamiento”.
Según las operadoras las ciudades más reacias a las antenas son Valladolid, Barcelona, Córdoba y Zaragoza; y las más favorables son Madrid, Cáceres y Badajoz. En algunos municipios se ha llegado incluso a suspender durante dos años el otorgamiento de licencias para nuevas antenas de telefonía móvil. Es un escenario poco positivo para todos.
Los pleitos tampoco parece ser la solución. Actualmente las operadoras móviles aseguran que mantienen en los tribunales unos 2.000 recursos contra decisiones municipales sobre antenas. Menos de un centenar de procedimientos han sido resueltos, por ejemplo, en Andalucía, Cataluña, Murcia y Valencia. “En torno al 75% de estas resoluciones de los tribunales superiores de Justicia dan la razón a los operadores de telefonía móvil y anulan los artículos más restrictivos de dichas ordenanzas, especialmente aquellos que obligan a sacar las antenas de la población o las que fijan límites de potencia a las antenas. Prácticamente todos hacen referencia a que esas ordenanzas invaden las competencias legislativas del Estado”, manifiestan fuentes del sector. En otros casos los tribunales dan la razón a los ayuntamientos, como la Sentencia del Tribunal Supremo de 27 de octubre de 1997 o la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León de 8 de febrero de 2001, que desestiman el recurso contra la denegación de una licencia para la instalación de una antena de telefonía móvil, al no poder cumplir la operadora móvil con el requerimiento de demostrar la ausencia de riesgo total para la salud de las personas.
Las operadoras móviles piden clarificar el “desorden normativo”, en el que hay más de 800 procedimientos distintos para obtener licencias para antenas. Una misión imposible en una materia donde confluyen tres competencias: central, autonómica y municipal. El Gobierno central tiene competencia exclusiva para legislar sobre telecomunicaciones. A su vez las autonomía son competentes en materias de salud y de medio ambiente. Por su parte el urbanismo y la ordenación del territorio es competencia de los ayuntamientos. En este contexto los planes urbanísticos se utilizan como instrumentos para coordinar las actuaciones de los ayuntamientos relativas a las antenas de telefonía móvil. Se requiere una licencia urbanística previa para instalar un antena de telefonía móvil, independientemente del lugar donde se ubique. Y esas licencias deben respetar los planes urbanísticos del municipio.
A los ayuntamientos españoles se les está acusando de entorpecer el desarrollo de la Sociedad de la Información. “Como ayuntamiento tenemos la obligación de cuidar de la salud de los ciudadanos. Y como hay sus dudas y problemas sobre los efectos que pueden tener las antenas sobre la salud de los ciudadanos, reclamamos una cierta prudencia sobre estas instalaciones”, señala Salvador Bustamante, del Ayuntamiento de Écija. Una sentencia de 2002 del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía anulaba un artículo de la ordenanza municipal de Écija. “Este artículo polémico establecía que las antenas se tendrían que instalar en edificios municipales. Lo que ha dicho el Tribunal es que esto queda anulado, pero que se podrá hacer siempre que esté regulado en el plan de ordenación urbana, y ahora mismo estamos en proceso de revisión”, declara el concejal Salvador Bustamante.
Los operadores se apoyan en la inmensa aceptación de la telefonía móvil, que usa el 99% de los españoles. Sin embargo, eso no es suficiente para los ayuntamientos. “Cualquier actividad debe estar regulada y reglada. Las operadoras también han abusado por cuanto su servicio es muy social y muy popular, y han acabado colocando muchas instalaciones ilegales, cuando al final hemos demostrado que dialogando y de forma consensuada se puede satisfacer a todos”, dice Andrés Ocaña. Para finales de este año en Córdoba habrá una nueva ordenanza municipal, cuyo contenido ha sido pactado con las operadoras y con los vecinos.
Además hay otro foro de consenso a nivel nacional. “El Ministerio de Industria ha abierto un proceso de diálogo entre las administraciones central autonómica y local. Ya ha habido dos reuniones de esta mesa de concertación y se ha trazado como objetivo fijar criterios comunes a todas ellas y en todo lo referente al despliegue de redes (procedimientos administrativos para las licencias, criterios normativos homogéneos, etcétera), resaltan fuentes del sector.


Límites de exposición a radiaciones no ionizantes
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El Real Decreto 1066/2001 aprueba el reglamento relativo a las servidumbres, a los límites de exposición y otras restricciones a las emisiones radioeléctricas. Establece como medida de control la presentación de certificaciones emitidas por parte de los operadores de telefonía móvil. Fija los límites de exposición a las emisiones radioeléctricas en 450 microwatios por centímetro cuadrado (mW/cm2) para la redes GSM de 900 MHz y en 900 mW/cm2 para las redes GSM de 1800 MHz. En este punto el Gobierno español ha sido muy conservador, simplemente se ha ceñido

Viñeta publicada el 20 de febrero de 1870 en La Flaca n.º 35 Tendencias

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