Alternativas de contratación
Sin embargo, este supuesto es improbable puesto que, por la Comisión Permanente, sólo tienen que pasar los expedientes con presupuestos que exceden de un millón de euros, incluido IVA, en los siguientes apartados: suministro de equipos y programas para el tratamiento de la información; contratos de servicios; contratos de consultoría; y, en los contratos de arrendamiento, esa cantidad se entiende que corresponde a la media anual del importe del contrato.
Las que sí van a verse afectadas con la nueva medida son las Comisiones Ministeriales de Administración Electrónica –encargadas de la coordinación interna de cada departamento en materia de Tecnologías de la Información y de Administración Electrónica– pero, fundamentalmente, porque tendrán que modificar sus planes organizativos. Hasta ahora, sólo tenían que llevar a la Comisión Permanente las contrataciones con presupuesto superior al millón de euros, incluido IVA. Sin embargo, no cambiando esta exigencia, van a tener un incremento considerable de expedientes de contratación que tendrán que solventarse mediante concurso público, al rebajarse la cifra en euros de los que pueden tramitarse por el Catálogo. En este primer año de aplicación de la nueva norma tendrán que procurar encontrar la fórmula idónea para imprimir agilidad en los expedientes de contratación. Manejar los tiempos bien se hace inevitable.