Actos desleales de los empleados a través de dispositivos tecnológicos

La era digital ha demostrado tener un impacto extraordinariamente positivo en las organizaciones, pero también ha puesto de manifiesto nuevos riesgos vinculados a la aplicación de dispositivos tecnológicos de última generación en el entorno empresarial. Los actos desleales de los empleados contra sus empresas no son ninguna novedad, pero sí lo son los medios utilizados como los teléfonos móviles inteligentes, PDA o los USB, que facilitan con creces la comisión de fraudes y abusos desleales. Aunque todo este material tecnológico se pone en manos de las plantillas para mejorar la productividad y lograr unos mejores rendimientos, resulta ser un arma de doble filo para el empresario si no se ejerce un adecuado control sobre su uso.
La creación de sociedades paralelas es una de las infracciones más habituales en nuestro país: el empleado hace acopio de recursos de la empresa que le ha contratado –activos digitales– para construir su propia sociedad al margen.
También es muy común que el trabajador destine parte de su tiempo laboral a hacer consultas particulares a través de Internet, algo que se denomina abuso de medios digitales corporativos y que está siendo contrarrestado por las empresas controlando o limitando el uso de la Red para fines extra-laborales. Más preocupante es el hecho de que un empleado logre acceder a datos confidenciales sobre la cartera de clientes, por poner un ejemplo frecuente, con el fin de revelarlos a terceros –con motivaciones económicas o de venganza– un delito tipificado en el Código Penal.
Un estudio de Landwell sobre el fraude y los daños cometidos por los trabajadores a través de los dispositivos informáticos revela que un hecho aislado puede no tener mucha trascendencia, pero el efecto acumulativo de los pequeños fraudes de forma constante puede llegar a ser muy negativo para la buena marcha de una empresa.
¿Qué hechos pueden levantar sospecha? A veces es la propia conducta anómala del trabajador, un consumo de recursos digitales más elevado de lo habitual (el envío de muchos megas de datos al exterior) o ya el mero descubrimiento de las consecuencias de la infracción en sí.
Cuando existen sospechas fundadas de fraude, las empresas españolas suelen intentar buscar vías de negociación con el trabajador implicado, pero, en ocasiones, el problema es demasiado serio y reclama emprender acciones legales, para lo que resulta necesario obtener unas pruebas electrónicas fehacientes que demuestren el fraude ante el juez. Aquí se recomienda acudir a una empresa especializada en este tipo de investigaciones que ofrezca servicios de Litigation Support durante todo el procedimiento de obtención de las pruebas, hasta la celebración del juicio, para garantizar la admisibilidad de dichas pruebas.
Los expertos en investigación digital recomiendan a los empresarios adoptar medidas preventivas para disuadir a los empleados desleales. Una de las prácticas más frecuentes es la inclusión de una cláusula contractual especificando el uso correcto y autorizado de los medios digitales que la empresa pone a disposición de su plantilla. Este compromiso del trabajador se puede concretar también a través de la firma de un protocolo informático, una solución cada vez más extendida. Otra solución preventiva son los avisos en forma de pop-up que aparecen en la pantalla del ordenador cuando el trabajador inicia su sesión diaria, donde se le advierte del uso adecuado del PC de trabajo.
El hecho de que los trabajadores tengan conocimiento expreso de los límites en la utilización de estos dispositivos electrónicos permite al empresario (le da derecho) poder obtener pruebas digitales en caso de sospecha de fraude, sin transgredir los derechos fundamentales de sus asalariados.


S. Agud es CEO y socio fundador de Cybex.

Viñeta publicada el 20 de febrero de 1870 en La Flaca n.º 35 Tendencias

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